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(CREACION DEL INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL EN HOTELERIA Y TURISMO) |
Materia: Turismo
Rango: Acuerdos Administrativos
Número: 58-2004
Código de iniciativa:
Aprobado: 28/01/2004
Publicado: 25/06/2004
(CREACIÓN DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN HOSTELERÍA Y TURISMO)

ACUERDO ADMINISTRATIVO N°. 58-2004, Aprobado el 28 de enero del 2004

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 124 del 25 de junio del 2004

CONSIDERANDO

I


Que el INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO (INATEC) , tiene entre sus finalidades definir las políticas nacionales de formación profesional. (Educación) Técnica y Capacitación Profesional en diferentes niveles, modos y modalidades.

II

Que la oferta del sector turístico no satisface las demandas de formación y capacitación, ni vincula las necesidades de las empresas con las competencias profesionales de los recursos humanos que laboran en dicho sector.

III

Que el sector turismo es uno de los conglomerados ya definido como prioridad por el gobierno en el Plan Nacional de Desarrollo, para el posicionamiento estratégico de Nicaragua y a la capacitación de divisas.

ACUERDA

IV


Que el INATEC es el ente rector de la Formación Profesional en Nicaragua y que tiene como misión Garantizar el desarrollo técnico-profesional del potencial humano, para hacer más competitivo el turismo.

ACUERDA

I


De conformidad con el Decreto de Creación No. 3-91 emitido por la Presidencia de la República y su Ley Orgánica Decreto 40-94 INATEC, crea el INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN HOSTELERÍA Y TURISMO para capacitar a nivel técnico (o de aprendizaje) jóvenes, adultos y trabajadores activos empíricos de dicho sector, principalmente en las profesiones de ayudante de cocinero, cocinero, jefe de partida, mesero, capitán maitre de hotel, recepcionista, camareras de piso, guías de turismo, propietarios o administradores de pequeñas o medianas empresas.

II

El presente acuerdo entra en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación escrito que tenga circulació n nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Comuníquese: Cópiese y Ejecútese. Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de Enero del año dos mil cuatro. Lic. Roberto Porta Córdoba, Director Ejecutivo.