Opciones de Búsqueda

ELÉVASE A LA CATEGORÍA DE CIUDAD LA VILLA DE TIPITAPA
Materia: Municipal
Rango: Decretos Legislativos
Número: 620
Código de iniciativa:
Aprobado: 30/08/1961
Publicado: 10/11/1961
ELÉVASE A LA CATEGORÍA DE CIUDAD LA VILLA DE TIPITAPA

DECRETO No. 620, Aprobado el 30 de Agosto de 1961

Publicado en La Gaceta No. 256 del 10 de Noviembre de 1961

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

DECRETO No. 620

LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Artículo 1.- Se eleva a la categoría de ciudad la villa de Tipitapa, del Departamento de Managua.

Artículo 2.- La comprensión Municipal de la nueva ciudad será la misma que corresponde a la mencionada villa.

Artículo 3.- Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 30 de Agosto de 1961.- Olga N. de Saballos, D. P. M. F. Zurita, D. S. José Zepeda Alaniz, D. S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. Managua, D. N., 7 de Septiembre de 1961. Leonardo Somarriba, S. P. P. Rener, S. S. Enrique Belli, S. S.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial. Managua, D. N., nueve de Septiembre de mil novecientos sesenta y uno.- LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. JULIO C. QUINTANA, Ministro de la Gobernación.