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ENMIENDAS EFECTUADAS AL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Legislativos
Número: A. N. N°. 6202
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 03/12/2010
ENMIENDAS EFECTUADAS AL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

DECRETO A. N. N°. 6202, Aprobado el 16 de Noviembre de 2010

Publicado en la Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 3 de Diciembre de 2010


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO DE APROBACIÓN A LAS ENMIENDAS EFECTUADAS AL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

Artículo 1 Apruébese las "Enmiendas al Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI)" adoptadas por la Junta de Gobernadores mediante Resolución No. 63-2 del 28 de abril de 2008 y Resolución No. 63-3 del 5 de mayo de 2008 relativas a (i) Aumentar la voz y participación en el Fondo Monetario Internacional y (ii) Ampliar la autoridad de inversión del Fondo Monetario Internacional.

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciséis días del mes de Noviembre del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional