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DECRETO DE RESTABLECIMIENTO DEL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO A.N. N°. 3318 QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO "PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN"
Materia: Cultura
Rango: Decretos Legislativos
Número: 6203
Código de iniciativa:
Aprobado: 16/11/2010
Publicado: 03/12/2010

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DECRETO DE RESTABLECIMIENTO DEL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO A.N. N°. 3318 QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO "PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN"

DECRETO LEGISLATIVO N°. 6203, aprobado el 16 de noviembre de 2010

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 3 de diciembre de 2010

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO DE RESTABLECIMIENTO DEL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO A.N. N°. 3318 QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO "PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN"

Artículo 1 Restablézcase en todos sus efectos legales e iguales términos, la disposición legal contenida en el artículo 2 del Decreto A.N. No. 3318 que declara a la Ciudad de Niquinohomo "Patrimonio Cultural de la Nación", publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 174 del 13 de Septiembre del 2002. En consecuencia se restablece la asignación de Un Millón de Córdobas Netos (C$ 1,000,000.00) con fuente de recursos del tesoro, vía Presupuesto General de la República, siendo el ejecutor la Alcaldía Municipal de Niquinohomo, por siete años consecutivos a partir de la vigencia del presente Decreto.

Estos recursos deberán ser invertidos en la restauración, reparación, mantenimiento y conservación de la Casa Museo Augusto C. Sandino y Monumento de la Parroquia Santa Ana de Niquinohomo, a la que se le asignará. Todo sujeto a la correspondiente rendición de cuentas en base a la Ley No. 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario, vigente y su reforma.

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira Secretario de la Asamblea Nacional.