Opciones de Búsqueda

RATIFICAR EL INSTRUMENTO DE ENMIENDA A LA CONSTITUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: 65-99
Código de iniciativa:
Aprobado: 31/05/1999
Publicado: 09/06/1999
RATIFICAR EL INSTRUMENTO DE ENMIENDA A LA CONSTITUCIÓN DE LA
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

DECRETO No. 65-99, Aprobado el 31 de Mayo de 1999

Publicado en La Gaceta No.109 del 9 de Junio de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I


Que Nicaragua suscribió el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19, inciso 5 acápite 10 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.

II

Que la Asamblea Nacional aprobó el mencionado Instrumento de Enmienda por Decreto 2078 publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 216 del 12 de Noviembre de 1998.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política


HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1.- Ratificar el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.

Artículo 2.- Expedir el instrumento de Ratificación para su depósito en el Organismo correspondiente.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en “La Gaceta Diario Oficial”.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el Treinta y Uno de Mayo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.