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ELÉVESE A CATEGORÍA DE CIUDAD A LA VILLA DE CONDEGA
Materia: Municipal
Rango: Decretos Legislativos
Número: 686
Código de iniciativa:
Aprobado: 18/05/1962
Publicado: 09/06/1962
ELÉVESE A CATEGORÍA DE CIUDAD A LA VILLA DE CONDEGA

DECRETO No. 686. Aprobado el 18 de Mayo de 1962.

Publicado en La Gaceta No. 128 del 9 de Junio de 1962.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

DECRETAN:

Artículo 1.- Se eleva a la categoría de Ciudad la Villa de Condega, del Departamento de Estelí.

Artículo 2.- La compresión municipal de la nueva ciudad será la misma que corresponde a la actual villa.

Artículo 3.- Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 18 de Mayo de 1962.- J. J. Morales Marenco.- D. P.- José Zepeda Alaniz.- D. S.- M. F. Zurita.- D. S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.-Managua, D. N., 22 de Mayo de 1962.- Mariano Argüello.- S. P.- C. López Irías.- S. S.-Enrique Bellí.- S. S.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., vientiocho de Mayo de mil novecientos sesenta y dos.- LUIS A. SOMOZA D.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.- O. MONTENEGRO M.- MINISTRO DE LA GOBERNACIÓN POR LA LEY.