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PARTIDA PARA SALUBRIDAD PÚBLICA
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Legislativos
Número: 754
Código de iniciativa:
Aprobado: 20/09/1962
Publicado: 22/10/1962
PARTIDA PARA SALUBRIDAD PÚBLICA

DECRETO No. 754. Aprobado el 20 de Septiembre de 1962.

Publicado en La Gaceta No. 240 del 22 Octubre de 1962.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos de 1962- 1963, la siguiente transferencia de Partidas del Ministerio de Salubridad Pública:

DE:
1206-2802. Servicios Impersonales
05- Alquileres Edificios "Reyes"C$ 7, 865.00
A:
1204-0101- Asignaciones Personales
02- Sueldos del Personal TemporalC$ 7, 865.00

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 20 de Septiembre de 1962.- (f) J. J. Morales Marenco.- D. P.- (f) J. Zepeda A.- D. S.- (f) Carlos J. Carrión.- D. S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. Managua, D. N., 24 de Septiembre de 1962.- (f) Pablo Rener.- S. S.- (f) Enrique Bellí.- S. S.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 27 de Septiembre de 1962.- (f) LUIS A. SOMOZA D.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.- (f) Gonzalo Meneses Ocón.- Ministro de Hacienda y C. P.