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PRORRÓGASE DECRETO 1477
Materia: Constitucional y Otras Normas Fundamentales
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: 79
Código de iniciativa:
Aprobado: 19/04/1985
Publicado: 22/04/1985
PRORRÓGASE DECRETO 1477

DECRETO No. 79, Aprobado el 19 de Abril de 1985

Publicado en La Gaceta No. 74 del 22 de Abril de 1985

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

DECRETA:


Artículo 1.-Se prorroga hasta el 20 de Octubre de 1985, la vigencia del Decreto No. 1477 publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 145 del 26 de Julio de 1984 y su complemento, Decreto No. 1480 publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 151 del 8 de Agosto de 1984.

Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua a los diecinueve días del mes de Abril de mil novecientos ochenta y cinco. "Por la Paz, Todos contra la Agresión" DANIEL ORTEGA SAAVEDRA. Presidente de la República de Nicaragua.