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(SE APRUEBA LA CONVENCIÓN RADIOTELEGRÁFICA INTERNACIONAL Y SUS REGLAMENTOS GENERAL Y ADICIONAL)
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Rango: Decretos Legislativos
Número: -
Código de iniciativa:
Aprobado: 04/08/1932
Publicado: 10/09/1932
(SE APRUEBA LA CONVENCIÓN RADIOTELEGRÁFICA INTERNACIONAL Y SUS REGLAMENTOS GENERAL Y ADICIONAL)

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 4 de agosto de 1932

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 194 del 10 de septiembre de 1932

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Único.- Aprobar en todas sus partes la Convención Radiotelegráfica Internacional y sus Reglamentos General y Adicional, actos suscritos en Washington el 25 de noviembre de 1927.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado. Managua, D. N., 4 de agosto de 1932.- J. DEMETRIO CUADRA, S. P.- R. TAPIA MONCADA, S. S.- TOMÁS PEREIRA, S. S.

Al Poder Ejecutivo.– Cámara de Diputados.– Managua, D. N., 5 de agosto de 1932.- C. URBINA h., D. P.- H. ALVARADO, D. S.- J. EZEQ. FERNÁNDEZ, D. S.

Por Tanto: EJECÚTESE.– Palacio del Ejecutivo.– Managua, D. N., 11 de agosto de 1932.- J. M. MONCADA.- El Ministro de Relaciones Exteriores por la ley, A. SOMOZA.