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(DISPOSICIONES EN EL RAMO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA)
Materia: S/Definir
Rango: Decretos Ejecutivos
Número:
Código de iniciativa:
Aprobado: 11/01/1926
Publicado: 02/02/1926
(DISPOSICIONES EN EL RAMO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA)

Aprobado el 11 de Enero de 1926

Publicado en La Gaceta No. 26 del 2 de Febrero de 1926

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Artículo 1.- Los centros docentes de primera enseñanza municipales y privados estarán sujetos estrictamente al Reglamento de las escuelas primarias y a las demás leyes y disposiciones de instrucción pública, de conformidad con el Reglamento de las escuelas primarias de 27 de noviembre de 1914.

Artículo 2.- Esta ley regirá desde su publicación en la Gaceta.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, 11 de enero de 1926 – (f) SEG. CHAMORRO ARGÜELLO, D. P. – (f) ANTONIO FALLAS, D. S. – (f) J. JOAQUIN MORALES, D. S.

Al Poder Ejecutivo – Cámara del Senado, Managua, 22 de enero de 1926 – (f) SEBASTIÁN URIZA, S. P.-JUAN DE D. PASTORA, S. S. – (f) J. L. SALAZAR, S. S.

Por Tanto – Ejecútese – Casa Presidencial – Managua, 22 de enero de 1926 – (f) EMILIANO CHAMORRO – El Ministro de la Instrucción Pública, (f) J. M. SIERO.