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(DECRETO DEL 3 DE FEBRERO, SE DEROGA EL TÍTULO XXXII DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)
Materia: Civil
Rango: Decretos Legislativos
Número:
Código de iniciativa:
Aprobado: 21/01/1913
Publicado: 12/03/1917
(DECRETO DEL 3 DE FEBRERO, SE DEROGA EL TÍTULO XXXII DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)

Aprobado el 21 de Enero de 1913

Publicado en La Gaceta Nº 49 del 12 de Marzo de 1917

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,

SABED:

que los señores Secretarios del Congreso en oficio de ayer comunicaron al señor Ministro de Justicia, para los efectos legales, el decreto que dice así:
LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE,

DECRETA:

Artículo 1.- Se deroga el título XXXII del Código de Procedimiento Civil que trata de la casación de los juicios verbales, y toda otra disposición en lo que reglamente dicho recurso para esa clase de juicios.

Artículo 2.- La presente ley empezará a regir desde esta fecha.

Dado en el Salón de sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Managua, veintiuno de enero de mil novecientos trece – Salvador Chamorro, D. P.- Telémaco Castillo, D. S.- H. Jarquín, D. S.

Por tanto: Ejecútese – Casa Presidencial – Managua, tres de febrero de mil novecientos diecisiete – EMILIANO CHAMORRO – El Ministro de Justicia – Alfonso Solórzano.