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DECRETO (AMNISTÍA, AMPLIACIÓN)
Materia: Penal
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: -
Código de iniciativa:
Aprobado: 14/08/1915
Publicado: 17/08/1915
Sin Vigencia

CONCÉDESE AMNISTÍA POR DELITOS POLÍTICOS

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 14 de agosto de 1915

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 186 del 17 de agosto de 1915


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

En uso de la facultad que le confiere el inciso 7° del Art. 111 de la Constitución, y con el propósito de promover el olvido de pasadas disenciones y de fomentar la concordia entre los nicaragüenses,

DECRETA:

Art. 1.- Concédese amnistía, amplia e incondicional, de todos los delitos políticos y de los comunes conexos con aquellos, que hubiesen sido perpetrados durante el movimiento revolucionario de 1912.

Art. 2.- El presente comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta, y comprende las causas pendientes, cualquiera que sea el estado en que se hallen; pero no se extiende a las responsabilidades civiles ya declaradas en sentencia firme.

Comuníquese – Palacio Nacional – Managua, 14 de agosto de 1915 – ADOLFO DÍAZ – El Ministro de la Gobernación – ALFONSO AYÓN.