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ACUERDO, ADICIONANDO EL REGLAMENTO DE POLICÍA I LEY DE 26 DE FEBRERO DE 1875
Materia: Orden Interno
Rango: Acuerdo Ejecutivo
Número:
Código de iniciativa:
Aprobado: 30/10/1878
Publicado: 30/10/1878
ACUERDO, ADICIONANDO EL REGLAMENTO DE POLICÍA I LEY DE 26 DE FEBRERO DE 1875

ACUERDO EJECUTIVO, Aprobado el 30 de octubre de 1878

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 45 del 30 de Octubre de 1878

El Gobierno:-Considerando: que los dueños ó directores de establecimientos tipográficos, no cumplen relijiosamente con el deber que les impone la parte final del art. 44 del Reglamento de policía de 10 de diciembre de 1862 i el art. 17 de la ley de 26 de febrero de 1875, de enviar al Ministerio de Gobernación, por conducto de los respectivos Prefectos ó Subprefectos, ocho ejemplares de todo periódico, libro, folleto ú hoja suelta de cualquier jénero, por insignificantes que parezcan: que esta falta de cumplimiento á las disposiciones citadas, proviene de que en ellas no se ha señalado ninguna pena á los directores remisos; en uso de sus facultades.-Acuerda:

Art. 1º Los dueños ó directores de imprenta remitirán al respectivo Prefecto ó Subprefecto, los ocho ejemplares de cada publicación que se dé á luz en sus establecimientos, inmediatamente después que entreguen los ejemplares restantes al interesado, ó á la persona que este hubiere recomendado al efecto.

Los que no cumplan en absoluto con este deber, ó se muestren morosos en el envío de los ocho ejemplares, incurrirán en una multa de cinco á quince pesos, que gubernativamente harán efectiva los espresados funcionarios, según los casos-Esta multa podrá conmutarse con prisión simple, á razón de un día por cada peso.

Art. 2º Tan luego el Prefecto ó Subprefecto reciba los ocho ejemplares referidos, los enviará por el inmediato correo al Ministerio de Gobernación.

Art. 3º Quedan así adicionados los artículos 44 del Reglamento de policía i el 17 de la ley de 26 de febrero de 1875, i abrogada cualquiera otra disposición que se oponga á la presente.

Comuníquese-Managua, octubre 30 de 1878-(Rubricado por el señor Presidente)-El Ministro de Gobernación-Duarte.