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SE DECLARA ESTADO DE SITIO A LOS DEPARTAMENTOS DE NUEVA SEGOVIA, JINOTEGA, ESTELÍ Y MATAGALPA
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Decretos Legislativos
Número: -
Código de iniciativa:
Aprobado: 22/01/1929
Publicado: 14/02/1929
SE DECLARA ESTADO DE SITIO A LOS DEPARTAMENTOS DE NUEVA SEGOVIA, JINOTEGA, ESTELÍ Y MATAGALPA

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 1 febrero de 1929

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 38 del 14 de febrero de 1929

El presidente de la República,

a sus habitantes,

Sabed:

El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Decretan:

Art. 1º- Declarar en Estado de Sitio a los Departamentos de Nueva Segovia, Jinotega, Estelí y Matagalpa, con suspensión total de las garantías constitucionales, excepto las enumeradas en el Art. 62 Cn., en cuanto a los dos primeros; y con suspensión de las garantías a que se refieren el Titulo VI y artículos 43 y 44 del Título VI de la Ley Marcial, por lo que hace a los dos últimos.

Art. 2º- El Presente decreto empezará a surtir efectos, desde la fecha de su publicación por bando en las cabeceras de aquellos departamentos.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado - Managua, 22 de enero de 1929 - J. Demetrio Cuadra, S.V.P- R. Collado, S.S. - Daniel Velázquez, S.S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara de Diputados. - Managua 1º de Febrero de 1929. - Ant. Cruz Hurtado, D.P. - F.J. Argüello, D.S. - Gustavo Paguaga, D.S.

POR TANTO EJECÚTESE- Casa Presidencial- Managua, 2 de Febrero de 1929 - J. M. Moncada- Presidente de la República.- M. Cordero Reyes,- Encargado del Despacho de la Gobernación.