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DECRETO POR EL CUAL SE REFORMA LOS ARTÍCULOS 22 Y 39 DE LA LEY ELECTORAL
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
Número:
Código de iniciativa:
Aprobado: 12/02/1908
Publicado: 27/02/1908
DECRETO POR EL CUAL SE REFORMA LOS ARTÍCULOS 22 Y 39 DE LA LEY ELECTORAL

DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 12 de Febrero de 1908

Publicado en La Gaceta No. 25 del 27 de Febrero de 1908

La Asamblea Nacional Legislativa,

Decreta:

Artículo 1º.- Los Diputados serán electos el primer domingo de Octubre el año en que termine su período, y el escrutinio final de las elecciones de ellos, tendrá lugar el tercer domingo del mismo mes.

Artículo 2º.- Esta ley reforma los Artículos 22 y 39 de la ley electoral en cuanto se le opongan.

Dado en el Salón de Sesiones – Managua, 12 de febrero de 1908– Juan B. Sáenz, D. P.- H. Aguirre Muñoz, D. S.- Julio Selva, D. S.

Publíquese- Palacio del Ejecutivo– Managua, 15 de febrero de 1908– J. S. Zelaya.- El Ministro de Gobernación – José D. Gámez.