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DECRETO POR EL QUE SE DEROGAN LOS ARTÍCULOS 5° Y 6° DEL DE 15 DE JUNIO DE 1887
Materia: Penal
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: -
Código de iniciativa:
Aprobado: 14/01/1890
Publicado: 17/01/1890

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Sin Vigencia

DECRETO POR EL QUE SE DEROGAN LOS ARTÍCULOS 5° Y 6° DEL DE 15 DE JUNIO DE 1887

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 14 de enero de 1890

Publicado en La Gaceta Oficial N°. 13 del 17 de enero de 1890

El Presidente de la República,

Considerando:

Que las muchas ocupaciones del Ministerio de Hacienda y de los Sres. Prefectos no dan tiempo para atender cumplidamente al despacho de las causas de contrabando y defraudación que llegan por recurso de apelación, en uso de sus facultades;
Decreta:

Articulo Único – Se derogan los artículos 5° y 6° del decreto de 15 de junio de 1887, quedando vigente lo dispuesto en el Reglamento de 22 de diciembre de 1876.

Dado en León á 14 de enero de 1890 – Roberto Sacasa – Al Señor Ministro de Hacienda – Managua – Fruto Paniagua.