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DECRETO, DISPONIENDO QUE TODA FIESTA PÚBLICA SOLO DURE TRES DÍAS
Materia: Orden Interno
Rango: Decretos Ejecutivos
Número:
Código de iniciativa:
Aprobado: 15/10/1879
Publicado: 18/10/1879
DECRETO, DISPONIENDO QUE TODA FIESTA PÚBLICA SOLO DURE TRES DÍAS

Aprobado el 15 de Octubre de 1879

Publicado en La Gaceta No 52 del 18 de Octubre de 1879

El Gobierno – Queriendo prevenir los males que la prolongación de las festividades públicas ocasiona á la agricultura i á la industria del país, por le abandono que con tal motivo hace el operario de sus trabajos cotidianos, trayendo, además, por consecuencia inmediata el desarrollo de los vicios i la comisión de faltas i aun crímenes:- Considerando moral i económicamente útil señalar un término para dichas festividades; en uso de las facultades que le han sido delegadas – Decreta:

Art. 1°.– Ninguna fiesta pública, de cualquiera naturaleza que sea podrá durar más de tres días.

Art. 2°.– Los infractores de esta disposición serán perseguidos como vagos por las autoridades correspondientes, con arreglo á las leyes.

Comuníquese – Managua, 15 de Octubre de 1879 – Joaquín Zavala – El Ministro de Policía – Joaquín Elizondo.