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(IMPUESTO POR REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO)
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: -
Código de iniciativa:
Aprobado: 22/01/1879
Publicado: 06/10/1914
(IMPUESTO POR REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO)

DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 28 de Agosto de 1914

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 223 del 6 de Octubre de 1914

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario favorecer a los exportadores de ganado, vía Sapoá, con una línea telegráfica directa entre esta ciudad y la ciudad de Rivas, y no estando actualmente el Gobierno en posibilidad de llevar a cabo la construcción de esa línea con fondos de la Nación.

DECRETA:

1°- Destinar parte del impuesto que corresponde a la reparación y mantenimiento del camino ganadero que de Rivas conduce a Sapoá y frontera de Costa Rica, y a que ser refiere el decreto de 15 de marzo de 1909, y su reforma de 1º de julio de 1911, a la construcción y mantenimiento de dicha línea telegráfica.

2°- El Gobierno se compromete a dar los materiales telegráficos.

3°- La Junta de Fomento de la ciudad de Rivas será la encargada de llevar a cabo esta construcción y tendrán las mismas atribuciones concedidas en el citado decreto y las de nombrar una Junta Especial para este trabajo.

Dado en la Casa Presidencial, en Managua, a los 28 días del mes de agosto de mil novecientos catorce.- ADOLFO DÍAZ.- El Ministro de Fomento.- J. AMADOR.