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DECRETOS LEGISLATIVOS (DISPOSICIONES SOBRE INTRODUCCIÓN DE GANADO)
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Legislativos
Número:
Código de iniciativa:
Aprobado: 05/02/1869
Publicado: 27/02/1869
DECRETOS LEGISLATIVOS (DISPOSICIONES SOBRE INTRODUCCIÓN DE GANADO)

DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 5 de Febrero de 1869

Publicado en La Gaceta No. 9 del 27 de Febrero de 1869

El Presidente de la República á sus habitantes:

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado i Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo único. La Disposición del art. 1º. de la lei de 26 marzo de 1861, no comprende á los Nicaragüenses que teniendo hacienda en las otras Repúblicas, introduzcan sus ganados á la de Nicaragua, sin objeto comercial i con la mira de formar una nueva hacienda ó de aumentar las que tengan.

Sala de sesiones de la Cámara de Diputados- Managua, febrero 5 de 1869- J. Emiliano Cuadra, D. P.- P. Chamorro, D. S.- Miguel Robelo, D. S.- Al Poder Ejecutivo- Salón de sesiones de la Cámara del Senado- Managua, febrero 9 de 1869- Mariano Montealegre, S. P.- J. Argüello Arce, S. S.- Benito Morales, S. V. S.- Por tanto Ejecútese- Casa de Gobierno.- Managua, febrero 10 de 1869.- Fernando Guzmán.