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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), EL CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 2145 POR UN MONTO DE CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS DÓLARES (US$52,971,592.00)
Materia: S/Definir
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 126-2015
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 02/09/2015
(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), EL CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 2145 POR UN MONTO DE CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS DÓLARES (US$52,971,592.00)

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 126-2015, aprobado el 14 de agosto de 2015

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 166 del 2 de septiembre de 2015

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Contrato de Préstamo No. 2145 por un monto de Cincuenta y Dos Millones Novecientos Setenta y Un Mil Quinientos Noventa y Dos Dólares (US$52,971,592.00), moneda de Estados Unidos de América, para financiar parcialmente la ejecución del Proyecto "Reemplazo del Hospital Regional Nuevo Amanecer de la Región Autónoma Costa Caribe Norte", cuyo organismo ejecutor será el Ministerio de Salud (MINSA).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la firma del Contrato de Préstamo referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día catorce de agosto del año dos mil quince. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.