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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), EL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2168 POR UN MONTO DE CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE DÓLARES (US$ 55,000,000.00), MONEDA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 216-2015
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 14/12/2015

(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), EL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2168 POR UN MONTO DE CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE DÓLARES (US$ 55,000,000.00), MONEDA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 216-2015, Aprobada el 3 de Diciembre de 2015

Publicado el La Gaceta No. 236 del 14 de Diciembre de 2015

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Contrato de Préstamo No. 2168 por un monto de Cincuenta y Cinco Millones de Dólares (US$ 55,000,000.00), moneda de Estados Unidos de América, desglosado de la siguiente manera: Cincuenta Millones de Dólares (US$ 50,000,000.00), moneda de Estados Unidos de América, provenientes de fondos ordinarios del BCIE; Dos Millones Quinientos Mil Dólares (US$ 2,500,000.00), moneda de Estados Unidos de América, provenientes del Fondo Especial para la Transformación Social de Centroamérica (FETS Reembolsables) y Dos Millones Quinientos Mil Dólares (US$ 2,500,000.00), moneda de Estados Unidos de América, provenientes del Fondo Especial para la Transformación Social de Centroamérica (FETS No Reembolsables), para financiar parcialmente la ejecución del "Programa de Construcción y Mejoras de Viviendas de Interés Social", cuyo organismo ejecutor será el Instituto de la Vivienda Urbana y Rural (INVUR).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la firma del Contrato de Préstamo relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día tres de diciembre del año dos mil quince. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.