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DECRETO DE APROBACION DEL ACUERDO DE COOPERACION ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE BELARUS EN EL AMBITO DE LA AGRICULTURA
Materia:
Rango:
Número: 7968
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado:
Decreto A. N. N°. 7968
2/1
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

ÚNICO

Que el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Belarús en el Ámbito de la Agricultura, permitirá dinamizar al sector y adaptarlo a los requerimientos de los mercados.

POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:

DECRETO A. N. N°. 7968
DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE BELARÚS EN EL ÁMBITO DE LA AGRICULTURA

Artículo 1 Apruébese el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Belarús en el Ámbito de la Agricultura, suscrito en Managua el día dieciocho de septiembre del año dos mil quince.

Artículo 2 El Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Belarús en el Ámbito de la Agricultura, entrará en vigor internacionalmente, a partir de la fecha en que las Partes se notifiquen que han cumplido con los requisitos legales internos de cada país, conforme lo establece el artículo VIII del mismo. El Presidente de la República procederá a publicar el texto del Acuerdo referido.

Artículo 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los seis días del mes de abril del año dos mil dieciséis.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Lic. Alba Palacios Benavidez
Secretaria de la
Asamblea Nacional