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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) CONTRATO DE PRÉSTAMO Y CONVENIO)
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 195-2016
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 29/09/2016
(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) CONTRATO DE PRÉSTAMO Y CONVENIO)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 195-2016, Aprobado el 21 de Septiembre de 2016

Publicado en La Gaceta No. 182 del 29 de Septiembre de 2016

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere
la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) lo siguiente:

1. Contrato de Préstamo por un monto de Setenta y Seis Millones Trescientos Setenta Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 76,370,000.00) y

2. Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversión por un monto de Diecisiete Millones Veinticuatro Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 17,024,000.00)

Para financiar el "Programa de Exploración Geotérmica y Mejoras en Transmisión en el Marco del Plan de Inversiones de Nicaragua'', que será ejecutado por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) con la participación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL), y La Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la firma del convenio de financiación referido en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintiuno de septiembre del año dos mil dieciséis. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.