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DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA DE HONOR DE LA ASAMBLEA NACIONAL EN ORO A LA COMUNIDAD DE HERMANAS JOSEFINAS
Materia: Cultura
Rango: Decretos Legislativos
Número: 8125
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 07/11/2016
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA DE HONOR DE LA ASAMBLEA NACIONAL EN ORO A LA COMUNIDAD DE HERMANAS JOSEFINAS

DECRETO LEGISLATIVO N°. 8125, aprobado el 01 de noviembre de 2016

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 209 del 07 de noviembre de 2016

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I
Que es atribución de la Asamblea Nacional crear y otorgar sus propias órdenes honoríficas y distinciones de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 138, numeral 15, de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo 33, numeral 37, de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.
II
Que la Asamblea Nacional desea reconocer la labor que ha desarrollado la Comunidad de Hermanas Josefinas en nuestro país, como reconocimiento a su trabajo educativo y social en favor de la sociedad nicaragüense.

POR TANTO

En uso de sus facultades,
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 8125

DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA DE HONOR DE LA ASAMBLEA NACIONAL EN ORO A LA COMUNIDAD DE HERMANAS JOSEFINAS
Artículo 1 Otorgamiento
Otórguese la “Medalla de Honor de la Asamblea Nacional en Oro” a la Comunidad de Hermanas Josefinas, como reconocimiento a su labor educativa y social en favor de la sociedad nicaragüense, en particular en favor de los más desposeídos.
Artículo 2 Entrega de la medalla
La Junta Directiva de la Asamblea Nacional, hará entrega de la Medalla y del correspondiente Diploma con el texto de este Decreto, a la Comunidad de Hermanas Josefinas en Sesión Especial que se realizará el día quince de noviembre del año dos mil dieciséis.
Artículo 3 Vigencia
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, el primero de noviembre del año dos mil dieciséis. Lic. Iris Montenegro Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.