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DECRETO, ORGANIZANDO LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ESTELÍ
Materia: Municipal
Rango: Decretos Legislativos
Número:
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 01/04/1871
DECRETO, ORGANIZANDO LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ESTELÍ

DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 18 de Marzo de 1871

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N° 13 del 01 de Abril de 1871

El Presidente de la República á sus habitantes

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente.

El Senado i Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Decretan:

Art. 1° En la Villa de Estelí en el Departamento de N.-Segovia, habrá Municipalidad compuesta de un Alcalde 1° un 2°, cuatro Regidores: un Síndico un juez de Agricultura propietario i un suplente, electos con arreglo á la lei.

Art. 2° El Alcalde propietario que hoi funge en aquella Villa, concluirá, como 1°, los suplentes, como Regidores; i en el primer domingo que hubiere, ocho días después de publicada esta lei, se elegirán por la Junta electoral, el Alcalde 2°, Síndico i demás miembros que deberán componer esta Municipalidad.

Art. 3° Al fin del presente año se renovará la elección de los suplantes que entran á fungir como Regidores.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado—Managua, marzo 18 de 1871—J. Miguel Cárdenas, P—-Dionisio Chamorro, S—Adolfo Guerra. V. S.—Al Poder Ejecutivo—Sala de la Cámara de Diputados—Managua, 22 de marzo de 1871—José Salinas, D. P—,J. D Rodriguez, D. S—R. Morales, D. S.— Por tanto: Ejecútese-Managua, marzo 25 de 1871—Vicente, Quadra—,El Ministerio de Gobernación—Francisco Barberena.