Opciones de Búsqueda

(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO PARA QUE, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) CONTRATO DE PRÉSTAMO POR UN MONTO DE SETENTA Y DOS MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$72, 000,000.00), PARA FINANCIAR EL "PROYECTO DE MEJORA Y GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS Y PERIURBANAS")
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 168-2017
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 17/11/2017
(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO PARA QUE, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) CONTRATO DE PRÉSTAMO POR UN MONTO DE SETENTA Y DOS MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$72, 000,000.00), PARA FINANCIAR EL "PROYECTO DE MEJORA Y GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS Y PERIURBANAS")

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 168-2017, Aprobado el 13 de Noviembre de 2017

Publicado en La Gaceta Nº 220 de 17 de Noviembre de 2017

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) Contrato de Préstamo por un monto de Setenta y Dos Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$72,000,000.00), para financiar el "Proyecto de Mejora y Gestión Sostenible de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Urbanas y Periurbanas", el cual será ejecutado por la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (ENACAL).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público para la suscripción del Contrato de Préstamo relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día trece de noviembre del año dos mil diecisiete. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquíst Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.