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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO MUNDIAL (BM), EN SU CALIDAD DE FIDUCIARIO DEL FONDO COOPERATIVO DEL CARBONO PARA LOS BOSQUES (FCPF POR SUS SIGLAS EN INGLÉS), UN CONVENIO DE FINANCIAMIENTO ADICIONAL NO REEMBOLSABLE POR EL MONTO DE CINCO MILLONES DE DÓLARES)
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 199-2017
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 19/12/2017
(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO MUNDIAL (BM), EN SU CALIDAD DE FIDUCIARIO DEL FONDO COOPERATIVO DEL CARBONO PARA LOS BOSQUES (FCPF POR SUS SIGLAS EN INGLÉS), UN CONVENIO DE FINANCIAMIENTO ADICIONAL NO REEMBOLSABLE POR EL MONTO DE CINCO MILLONES DE DÓLARES)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 199-2017, Aprobado el 12 de Diciembre de 2017

Publicado en La Gaceta No. 241 del 19 de Diciembre de 2017

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Mundial (BM), en su calidad de fiduciario del Fondo Cooperativo del Carbono para los Bosques (FCPF por sus siglas en inglés),un Convenio de financiamiento adicional no reembolsable por el monto de cinco millones de dólares (US$5,000,000.00) para financiar actividades de preparación de la Estrategia Nacional para Reducir la Deforestación y Degradación Forestal, (ENDE-REDD+), a ser ejecutado por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales.

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la firma del convenio relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales y el Banco Mundial, en su calidad de fiduciario del Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día doce de diciembre del año dos mil diecisiete. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.