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(AUTORIZAR AL MINISTRO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES (MARENA) PARA QUE, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA LA ENMIENDA A LA CARTA DE INTENCIÓN ENTRE EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO, EL CUAL ACTÚA EN CALIDAD DE FIDUCIARIO DEL FONDO COOPERATIVO PARA EL CARBONO DE LOS BOSQUES (FCPF) Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CON RESPECTO AL PROGRAMA REDD+)
Materia: Administrativo
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 21-2018
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 23/01/2018
(AUTORIZAR AL MINISTRO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES (MARENA) PARA QUE, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA LA ENMIENDA A LA CARTA DE INTENCIÓN ENTRE EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO, EL CUAL ACTÚA EN CALIDAD DE FIDUCIARIO DEL FONDO COOPERATIVO PARA EL CARBONO DE LOS BOSQUES (FCPF) Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CON RESPECTO AL PROGRAMA REDD+)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 21-2018, Aprobado el 19 de Enero del 2018

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 16 del 23 de Enero del 2018

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA) para que, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba la Enmienda a la Carta de Intención entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, el cual actúa en calidad de fiduciario del Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques (FCPF) y la República de Nicaragua, con respecto al Programa REDD+ para Combatir el Cambio climático y la Pobreza en Nicaragua.

Artículo 2. Nombrar al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales como la instancia negociadora para la firma de la Transferencia de Reducción de Emisiones del Programa REDD+ para Combatir el Cambio climático y la Pobreza en Nicaragua ante el Fondo de Carbono de FCPF, así mismo, autorizar a MARENA para la firma de los Acuerdos de Pagos por Reducción de Emisiones, en el marco del Programa.

Artículo 3. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales en lo señalado en los artículos anteriores.

Artículo 4. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día diecinueve de enero del año dos mil dieciocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.