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ACUERDO, REFORMANDO EL ART. 15 DEL REGLAMENTO DE LA TIPOGRAFÍA NACIONAL
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número:
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 07/11/1882
ACUERDO, REFORMANDO EL ART. 15 DEL REGLAMENTO DE LA TIPOGRAFÍA NACIONAL

ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 28 de Octubre de 1882

Publicado en La Gaceta No. 44 del 7 de Noviembre de 1882

El Gobierno –– En uso de sus facultades, –– Acuerda:

10 El art. 15 del Reglamento de la Imprenta Nacional, emitido en 21 de Marzo de 1872, se leerá: –– El Oficial 1.0 y demás dependientes deben trabajar ordinariamente todos los días hábiles desde las seis de la mañana hasta las cinco de la tarde. Para el almuerzo se les concederá una hora, contada de las once á las doce del día.ˮ

20 El presente acuerdo empezará á regir desde su publicación.

Comuníquese –– Granada, 28 de Octubre de 1882 –– Zavala –– Al Sr. Sub-Secretario encargado del Ministerio de la Gobernación –– García.