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ACUERDO DE 8 DE ENERO, ADICIONAL AL REGLAMENTO DE TELÉGRAFOS
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Rango: Acuerdo Ejecutivo
Número: -
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 08/01/1880
ACUERDO DE 8 DE ENERO, ADICIONAL AL REGLAMENTO DE TELÉGRAFOS

ACUERDO EJECUTIVO, Aprobado el 8 de Enero de 1880

Código de la Legislación de la República de Nicaragua, De la Rocha, Jesús

El Gobierno:


Con vista de consultas que se le han dirigido, sobre valor de telegramas firmados por dos ó más personas; en uso de sus facultades,

ACUERDA:

Los despachos suscritos por más de una firma, serán admitidos en las oficinas telegráficas, y se abonará tantas veces la tasa establecida, cuantas sean las firmas que los cubran. En los casos de que estos mismos despachos sean dirigidos á más de una persona, se cobrará su importe tantas veces, cuanto sea el número de firmas y el de los destinatarios.

La presente disposición es adicional al Reglamento de Telégrafos de 25 de noviembre de 1876.

Comuníquese—Managua, 8 de Enero de 1880— Zavala—EI Ministro de Gobernación—Navas.