Opciones de Búsqueda

DECRETO LEJISLATIVO DE 2 DE JULIO DE 1851, FACULTANDO AL GOBIERNO PARA QUE ESTABLEZCA UN CUÑO EN EL ESTADO
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Legislativos
Número: -
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 02/07/1851

Sin Vigencia

DECRETO LEJISLATIVO DE 2 DE JULIO DE 1851, FACULTANDO AL GOBIERNO PARA QUE ESTABLEZCA UN CUÑO EN EL ESTADO

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 02 de julio de 1851

Código de la Legislación de la República de Nicaragua, Libro Tercero. De la Rocha, Jesús

Art. Único – Facúltase al Gobierno para establecer un cuño en el Estado, ya sea de su cuenta o por contrato con particulares, prefiriendo en igualdad de circunstancias al hijo del país.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.