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(RECONOCER AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR FRANZ JOSEF KUGLITSCH, PARA SER ACREDITADO EN EL ALTO CARGO DE EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA REPÚBLICA DE AUSTRIA, ANTE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, EN CALIDAD DE CONCURRENTE, CON SEDE EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS)
Materia: Administrativo, Relaciones Internacionales
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 165-2019
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 31/10/2019
(RECONOCER AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR FRANZ JOSEF KUGLITSCH, PARA SER ACREDITADO EN EL ALTO CARGO DE EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA REPÚBLICA DE AUSTRIA, ANTE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, EN CALIDAD DE CONCURRENTE, CON SEDE EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 165-2019, Aprobado el 21 de Octubre de 2019

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 208 de 31 de Octubre de 2019

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO ÚNICO

Que habiendo recibido el Ministro de Relaciones Exteriores a las cuatro y treinta minutos de la tarde del día quince de octubre del año dos mil diecinueve, de las manos del Excelentísimo Señor Franz Josef KUGLITSCH, las Copias de Estilo de las Cartas Credenciales que lo acreditan en el carácter de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Austria, ante el Gobierno de la República de Nicaragua, en calidad de concurrente, con sede en los Estados Unidos Mexicanos, emitidas en Viena, República de Austria, en el mes de diciembre del año dos mil diecisiete, firmadas por el Excelentísimo Señor Alexander Van der Sellen, Presidente Federal de la República de Austria y por el Excelentísimo Señor Ministro Federal para Europa, Integración y Relaciones Exteriores de Austria (es) KURZ.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Reconocer al Excelentísimo Señor Franz Josef KUGLITSCH, para ser acreditado en el alto cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Austria, ante el Gobierno de la República de Nicaragua, en calidad de concurrente, con sede en los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 2. Ordenar a las Autoridades Civiles y Militares, guardar y hacer guardar las prerrogativas e inmunidades que a su jerarquía corresponden.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintiuno de octubre del año dos mil diecinueve. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.