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(APROBAR PARA GUATEMALA, PARA EL AÑO 2016, LOS CONTINGENTES ARANCELARIOS DE MAÍZ AMARILLO, MAÍZ BLANCO Y ARROZ CON CÁSCARA)
Materia: Administrativo, Aduanas, Empresa Industria y Comercio
Rango: Resoluciones
Número: 371-2015 (COMIECO-LXXIV)
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 20/05/2016
(APROBAR PARA GUATEMALA, PARA EL AÑO 2016, LOS CONTINGENTES ARANCELARIOS DE MAÍZ AMARILLO, MAÍZ BLANCO Y ARROZ CON CÁSCARA)

RESOLUCIÓN No. 371-2015 (COMIECO-LXXIV), Aprobado el 4 de Diciembre de 2015

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 94 de 20 de Mayo de 2016

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002; y, 6, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia exclusiva de este Foro dirigir y administrar el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, así como aprobar y modificar los Derechos Arancelarios a la Importación contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación;

Que derivado de sus compromisos asumidos en la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Gobierno de Guatemala necesita administrar, mediante contingentes arancelarios, la importación de los productos arancelizados en ese marco multilateral, para lo cual requiere realizar, con carácter de urgente, una modificación arancelaria, con el fin de atender las necesidades de la cadena productiva;

Que el Gobierno de Guatemala elevó a consideración de este Foro, una solicitud de modificación del Arancel Centroamericano de Importación contenido en el Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, para importar, mediante contingentes arancelarios, durante el año 2016, doscientas mil (200,000) toneladas métricas de maíz amarillo; cincuenta mil (50,000) toneladas métricas de maíz blanco; y diecinueve mil ( 19,000) toneladas métricas de arroz con cáscara, con arancel cero por ciento (0%),

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 3, 4, 6, 7, 12, 13, 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 36, 3 7, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-,

RESUELVE:

1. Aprobar para Guatemala, para el año 2016, los contingentes arancelarios de maíz amarillo, maíz blanco y arroz con cáscara, en la forma siguiente:



2. Los contingentes aprobados en esta Resolución, serán aplicados por el Ministerio de Economía de Guatemala de conformidad con su respectiva normativa.

3. El Gobierno de Guatemala se compromete a tomar las medidas necesarias para que el monto de los contingentes aprobados en la presente Resolución sea de uso exclusivo de su país, evitando de esa manera la triangulación y comercio en el resto de los países la región centroamericana.

4. La presente Resolución tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2016 y será publicada por los Estados Parte.
San Salvador, El Salvador, 4 de diciembre de 2015

(f) Jhon Fonseca, Viceministro, en representación del Ministro de Comercio Exterior de Costa Rica. (f) Luz Estrella Rodríguez de Zúñiga, Viceministra, en representación del Ministro de Economía de El Salvador. (f) María Luisa Flores Villagrán, Viceministra, en representación del Ministro de Economía de Guatemala. (f) Melvin Enrique Redondo, Subsecretario, en representación del Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo de Honduras. (f) Orlando Solórzano Delgadillo, Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua. (f) Diana A. Salazar F., Viceministra, en representación del Ministro de Comercio e Industrias de Panamá.