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(OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCCIÓN HORTÍCOLA Y DE FRESA SABANAS, R.L.)
Materia: Administrativo
Rango: Resoluciones
Número: 006-2019 PJ MZ MEFCCA
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 18/02/2020
(OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCCIÓN HORTÍCOLA Y DE FRESA SABANAS, R.L.)

RESOLUCIÓN N°. 006-2019 PJ MZ MEFCCA, Aprobado el 18 de Diciembre de 2019

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 32 de 18 de Febrero de 2020

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de Madriz del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 041 se encuentra la Resolución N°. 006-2019 PJ MZ MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución N°. 006-2019 PJ MZ MEFCCA, Madriz dieciocho de Diciembre del año dos mil diecinueve, las uno de la tarde, en fecha doce de Diciembre del año dos mil diecinueve, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCCIÓN HORTICOLA Y DE FRESA SABANAS,R.L., con domicilio social en el Municipio de Las Sabanas, departamento de Madriz. Se constituye a las nueve de la mañana del día veinte de Agosto del año dos mil diecinueve. Se inicia con trece (13) asociados, nueve (9) hombres, cuatro (4) mujeres, con un capital suscrito de C$13,000 (trece mil córdobas netos) y un capital pagado de C$3,250 (tres mil doscientos cincuenta córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE PRODUCCION HORTICOLA Y DE FRESA SABANAS,R.L., con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Alexander Antonio Alvarado Alvarado; Vicepresidente (a): Erminia Del Carmen Cornejo Alvarado; Secretario (a): Justo Sipriano Rodríguez Mendez; Tesorero (a): Santos Leonardo Alvarado Ramirez; Vocal: Melvin Danilo Gutierrez Baez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Wilson Pablo Montoya Rodríguez, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los dieciocho días del mes de Diciembre del año dos mil diecinueve. (f) Wilson Pablo Montoya Rodriguez, Delegado Departamental.