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APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE PRODUCCION DE FRUTOS TLAN R.L (COOFTLAN, R.L)
Materia: Administrativo
Rango: Resoluciones
Número: 001-2020 PJ CH MEFCCA
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 12/06/2020
APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE FRUTOS TLAN R.L (COOFTLAN, R.L)

RESOLUCIÓN N°. 001-2020 PJ CH MEFCCA, aprobada el 11 de mayo de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 107 del 12 de junio de 2020

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de Chinandega del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 063 se encuentra la Resolución No. 001-2020 PJ CH MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 001-2020 PJ CH MEFCCA, Chinandega once de Mayo del año dos mil veinte, las uno de la tarde, en fecha quince de Abril del año dos mil veinte, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE FRUTOS TLAN R.L ( COOFTLAN, R.L) con domicilio social en el Municipio de El Viejo, departamento de Chinandega. Se constituye a las ocho de la mañana del día dieciocho de Septiembre del año dos mil diecinueve. Se inicia con treinta y uno (31) asociados, cero (0) hombres, treinta y uno (31) mujeres, con un capital suscrito de C$31,000 (treinta y un mil córdobas netos) y un capital pagado de C$31,000 (treinta y un mil córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE FRUTOS TLAN R.L ( COOFTLAN, R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Esnerling Antonia Núñez Tórrez; Vicepresidente (a): Nicolasa Yamilet Vallecillo; Secretario (a): Ana Isabel Quintanilla Barrera; Tesorero (a): Sayda Elizabeth Salmeron Tercero; Vocal: Junieth De Los Ángeles Oviedo Paredes. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Dorys Anielka Centeno Castillo, Delegada Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los once días del mes de Mayo del año dos mil veinte. (f) Dorys Anielka Centeno Castillo, Delegada Departamental