Opciones de Búsqueda

(RECONOCER AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR GABRIELE ENRICO DERIGHETTI, EN EL CARGO DE EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA CONFEDERACIÓN SUIZA, ANTE EL GOBIERNO DE JA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONCURRENTE DESDE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA)
Materia: Administrativo
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 127-2020
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 29/09/2020
(RECONOCER AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR GABRIELE ENRICO DERIGHETTI, EN EL CARGO DE EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA CONFEDERACIÓN SUIZA, ANTE EL GOBIERNO DE JA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONCURRENTE DESDE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 127-2020, aprobado el 24 de septiembre de 2020

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 178 del 29 de septiembre de 2020

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO ÚNICO

Que habiendo recibido el Ministro de Relaciones Exteriores a las nueve de la mañana, del día veintiuno de septiembre del año dos mil veinte, de las manos del Excelentísimo Señor Gabriele Enrico Derighetti, las Copias de Estilo de las Cartas Credenciales que lo acreditan en el carácter de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Confederación Suiza, ante el Gobierno de la República de Nicaragua, Concurrente desde la República de Costa Rica, expedidas en Berna, el día tres de marzo del año dos mil veinte, en nombre del Consejo Federal de Suiza, Excelentísima Señora Simonetta Sommaruga, Presidenta de la Confederación, y por el Señor Walter Thurnherr, Canciller de la Confederación.

En uso de las facultades que le confiere
la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Reconocer al Excelentísimo Señor Gabriele Enrico Derighetti, en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Confederación Suiza, ante el Gobierno de Ja República de Nicaragua, Concurrente desde la República de Costa Rica.

Artículo 2. Ordenar a las Autoridades Civiles y Militares, guardar y hacer guardar las prerrogativas e inmunidades que a su jerarquía corresponden.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veinticuatro de septiembre del año dos mil veinte. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.