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SE REFORMA UN ARTÍCULO DE LA ORDENANZA MILITAR
Materia: Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: S/N
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 27/01/1894

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

SE REFORMA UN ARTÍCULO DE LA ORDENANZA MILITAR
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 24 de enero de 1894

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 8 del 27 de enero de 1894

Se reforma un artículo de la Ordenanza Militar

El Presidente de la República,

En uso de sus facultades,


DECRETA:

Único El art. 960 de la “Ordenanza Militar” se leerá:

“El derecho de las personas en los hijos varones, á los quince años; y en las viudas, madres é hijas, mientras no se casen, ó en la época en que alguno de los agraciados adquiera ó asegure los medios de su subsistencia.


Dado en Managua, á 24 de Enero de 1894 - J. S. Zelaya - El Ministro de la Guerra, por la ley -T. G. Bonilla.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.