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[DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N°. 1071, NÓMBRESE MIEMBROS PROPIETARIOS DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN (PRODUZCAMOS)]
Materia: Administrativo
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 94-2021
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 17/05/2021
[DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N°. 1071, NÓMBRESE MIEMBROS PROPIETARIOS DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN (PRODUZCAMOS)]

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 94-2021, aprobado el 17 de mayo de 2021

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 89 del 17 de mayo de 2021

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 94-2021

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. De conformidad al artículo 11 de la Ley N°. 1071, nómbrese Miembros Propietarios del Consejo Directivo del Banco de Fomento a la Producción (PRODUZCAMOS) a los siguientes compañeros:
Miembros Propietarios:

1. Sara Amelía Rosales Castellón, Presidenta;
2. José Adrián Chavarría Montealegre; por el Ministerio Hacienda y Crédito Público;

En representación del sector público, los funcionarios:

1. Isidro Antonio Rivera;
2. Bosco Castillo Álvarez

En representación del sector Privado los señores:

1. Ricardo Meléndez Rodríguez;
2. Ricardo Bonilla Castañeda;
3. Orestes Romero;
4. Leslie Earl Coe Hodgson, proveniente de la Costa Caribe.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Póngase en conocimiento de la Asamblea Nacional para su debida ratificación en lo que corresponda.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día diecisiete de mayo del año dos mil veintiuno. (f) Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua.