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REFORMA AL ARTO 1 DEL DECRETO 848 (SOBRE ARANCELES DE MIGRACIÓN)
Materia: Orden Interno
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: 1001
Código de iniciativa:
Aprobado: 29/03/1982
Publicado: 05/04/1982
REFORMA AL ARTO 1 DEL DECRETO 848 (SOBRE ARANCELES DE MIGRACIÓN)

Decreto No. 1001 de 29 de marzo de 1982

Publicado en La Gaceta No. 79 de 5 de abril de 1982

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades,

Decreta:

La siguiente:

REFORMA AL ARTO 1° DEL DECRETO NO. 848 SOBRE ARANCELES DE MIGRACION
Artículo 1.-Reformar el párrafo final del Arto 1° ( del Decreto No.848, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, No.246 del 30 de octubre de 1981, el cual íntegramente se leerá así:

«Quedan exentos de estos aranceles las personas que viajen en misiones oficiales y/o diplomáticas, así como los becarios del Gobierno de Reconstrucción Nacional y de los Centros de Educación Superior autorizados por el Consejo Nacional de la Educación Superior, quienes deberán presentar la documentación que los acredite como tales».

Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigor a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas.