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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES, EL CONTRATO DE FINANCIACIÓN PARA EJECUTAR EL "PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LÍNEAS DE TRANSMISIÓN PARA CONECTAR LA PLANTA HIDROELÉCTRICA TUMARÍN" Y EL "PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DEL CENTRO NACIONAL DE DESPACHO DE CARGA EN EL MUNICIPIO DE MANAGUA")
Materia: Empresa Industria y Comercio, Sector Energético y Minero
Rango: Acuerdos Presidenciales
Número: 232-2015
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 23/12/2015
(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES, EL CONTRATO DE FINANCIACIÓN PARA EJECUTAR EL "PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LÍNEAS DE TRANSMISIÓN PARA CONECTAR LA PLANTA HIDROELÉCTRICA TUMARÍN" Y EL "PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DEL CENTRO NACIONAL DE DESPACHO DE CARGA EN EL MUNICIPIO DE MANAGUA")

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 232-2015, aprobado el 18 de diciembre del 2015

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 244 del 23 de diciembre del 2015

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Europeo de Inversiones, el Contrato de Financiación para ejecutar el "Proyecto de Construcción de Líneas de Transmisión para conectar la Planta Hidroeléctrica Tumarín" y el "Proyecto de ampliación de la capacidad operativa del Centro Nacional de Despacho de Carga en el municipio de Managua", por un monto de Ciento Sesenta Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$160,000,000.00). Ejecución a cargo de la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público para la suscripción del Contrato de Financiación relacionado en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Europeo de Inversiones.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día dieciocho de diciembre del año dos mil quince. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.