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PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “ASOCIACIÓN SOYA DE NICARAGUA” (SOYNICA)
Materia: Administrativo
Rango: Decretos Legislativos
Número: A N. N°. 332
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 25/09/1990

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PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “ASOCIACIÓN SOYA DE NICARAGUA” (SOYNICA)

DECRETO A N. N°. 332, aprobada el 20 de abril de 1990

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 183 del 25 de septiembre de 1990

Decreto A N N°, 332

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado:

El siguiente:

Decreto:

Arto 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación “Soya de Nicaragua” (SOYNICA), Asociación civil sin fines de lucro, con duración de noventa y nueve años y del domicilio de Managua,

Arto. 2 La Representación Legal de la Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio del Interior

Arto. 3 Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diecinueve días del mes de Abril de mil novecientos noventa. “Año de la Paz y la Reconstrucción — Carlos Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. — Rafael Salís Cerda Secretario de la Asamblea Nacional

Por tanto: Publíquese y Ejecútese, Managua, veinte de Abril de mil novecientos noventa. “Año de la Paz y la Reconstrucción”. —Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.