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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PRO-UNIVERSIDAD AGROPECUARIA DE LA REGIÓN QUINTA
Materia: Administrativo
Rango: Decretos Legislativos
Número: A.N. N°. 661
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 14/12/1993

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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PRO-UNIVERSIDAD AGROPECUARIA DE LA REGIÓN QUINTA

DECRETO A.N. N°. 661, aprobado el 1 de diciembre de 1993

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 236 del 14 de diciembre de 1993

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

Ha Dictado

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Pro-Universidad Agropecuaria de la Región Quinta, Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Juigalpa.

Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3.- La Asociación Pro-Universidad Agropecuaria de la Región Quinta, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, al Primer día del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y tres. Gustavo Tablada Zelaya.- Presidente de la Asamblea Nacional.- Francisco Duarte Tapia, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, trece de Diciembre de mil novecientos noventa y tres.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.