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(NÓMBRESE A LA COMPAÑERA CRISEYDA ANTONIETA CISNEROS CISNEROS, EN EL CARGO DE AGREGADA MIGRATORIA DEL CONSULADO GENERAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA EN LA CIUDAD DE MIAMI, ESTADO DE FLORIDA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)
Materia: Administrativo
Rango: Acuerdos Ministeriales
Número: 51-2014
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 27/01/2015

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Sin Vigencia
(NÓMBRESE A LA COMPAÑERA CRISEYDA ANTONIETA CISNEROS CISNEROS, EN EL CARGO DE AGREGADA MIGRATORIA DEL CONSULADO GENERAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA EN LA CIUDAD DE MIAMI, ESTADO DE FLORIDA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)

ACUERDO MINISTERIAL N°. 51-2014, aprobado el 5 de noviembre del 2014

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 17 del 27 de enero del 2015

El Ministro de Relaciones Exteriores

ACUERDO MINISTERIAL N°. 51-2014

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

CONSIDERANDO

I
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 358 Ley del Servicio Exterior, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 188 el 5 de octubre del 2000 y su Reglamento Decreto Ejecutivo 128-2000 del cuatro de diciembre del 2000, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 2 el 3 de enero del 2001, del artículo 193, numeral 2, inciso a) de la Ley 761 Ley General de Migración y Extranjería, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 125 del seis de julio del año dos mil once y con fundamento en el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Gobernación para la elaboración de Pasaportes Ordinarios en el Consulado General de la República de Nicaragua en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, suscrito el veintiocho de mayo del año dos mil doce.
II

De conformidad a comunicación de la Ministra del poder ciudadano de Gobernación, de referencia DMG-AIM-MIREX-334-10-14 de fecha treinta de Octubre del año dos mil catorce, el suscrito:

En uso de sus facultades

ACUERDA

Articulo1. Nómbrese a la Compañera CRISEYDA ANTONIETA CISNEROS CISNEROS, en el cargo de Agregada Migratoria del Consulado General de la República de Nicaragua en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del uno de noviembre del año dos mil catorce. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de Relaciones Exteriores, el cinco de noviembre del año dos mil catorce. (f) Samuel Santos López.