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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN CIVIL DE PRODUCTORES DE CAÑA DE AZÚCAR DE RIVAS (APROCARI)
Materia: Administrativo
Rango: Decretos Legislativos
Número: A.N. N°. 499
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 11/05/1992

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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN CIVIL DE PRODUCTORES DE CAÑA DE AZÚCAR DE RIVAS (APROCARI)

DECRETO A.N. N°. 499, aprobado el 02 de abril de 1992

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 88 del 11 de mayo de 1992

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que;

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente,

DECRETO

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Civil de Productores de Caña de Azúcar de Rivas (APROCARI), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Rivas.

Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos que deberán ser aprobados por el Ministerio de Gobernación.

Arto. 3.- La Asociación Civil de Productores de Caña de Azúcar de Rivas (APROCARI), estará obligada al cumplimiento de la Ley de Concesión de la Personalidad Jurídica y demás leyes de la República

Arto 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dos días del mes de Abril de mil novecientos noventa y dos, - Luis Sánchez Sancho. Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley. - Fernando Zelaya Rojas. Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese, - Managua, cuatro de Mayo de mil novecientos noventa y dos. -Violeta Barrios de Chamorro. Presidenta de la República de Nicaragua.