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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES CAFETALEROS DE NIQUINOHOMO (ASPECAN)
Materia: Administrativo
Rango: Decretos Legislativos
Número: A.N. N°. 2978
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 20/07/2001

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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES CAFETALEROS DE NIQUINOHOMO (ASPECAN)

DECRETO A. N. N° 2978, aprobado el 05 de junio de 2001

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 137 del 20 de julio de 2001

DECRETO A. N. N° 2978

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES CAFETALEROS DE NIQUINOHOMO (ASPECAN), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Niquinohomo, Departamento de Masaya.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La Asociación de Pequeños Productores Cafetaleros de Niquinohomo (ASPECAN), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los cinco días del mes de Junio del dos mil uno. ÓSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional. PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, dos de Julio del año dos mil uno. Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.