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(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACION ANDRÉS VEGA BOLAÑOS)
Materia: Administrativo
Rango: Decretos Legislativos
Número: A. N. N°. 1670
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 04/08/1997

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Sin Vigencia

(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACION ANDRÉS VEGA BOLAÑOS)

DECRETO A.N. N°. 1670, aprobado el 02 de julio de 1997

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 146 del 04 de agosto de 1997

DECRETO A.N. No. 1670

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO
El siguiente:

DECRETO

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION ANDRÉS VEGA BOLAÑOS, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Masaya.

Arto. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.

Arto. 3 La Fundación Andrés Vega Bolaños, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los dos días del mes de Julio de mil novecientos noventa y siete.- Iván Escobar Fornos, Presidente de la Asamblea Nacional.- Carlos Guerra Gallardo, Secretario de la Asamblea Nacional.

POR TANTO:

Publíquese y Ejecútese. Managua, veintitrés de Julio de mil novecientos noventa y siete. Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.