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OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACION NICARAGÜENSE PARA LA CONSERVACIÓN “FUNDACION COCIBOLCA”
Materia: S/Definir
Rango: Decretos Legislativos
Número: A. N. N°. 1096
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 23/11/1995

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OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACION NICARAGÜENSE PARA LA CONSERVACIÓN “FUNDACION COCIBOLCA”

DECRETO A. N. N°. 1096, aprobado el 27 de octubre de 1995

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 221 del 23 de noviembre de 1995

Decreto A. N. N°. 1096

El Presidente de la República de Nicaragua

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

La Asamblea Nacional de La República de Nicaragua

En uso de sus facultades;

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación Nicaragüense para la Conservación “Fundación Cocibolca”, Fundación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua.

Arto. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3.- La Fundación Nicaragüense para la Conservación “Fundación Cocibolca”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.-

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintisiete días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y cinco. Luis Humberto Guzmán, Presidente de la Asamblea Nacional, Ray Hooker Taylor, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, quince de Noviembre de mil novecientos noventa y cinco.- Violeta Barrios de Chamorro.- Presidente de la República de Nicaragua.