Opciones de Búsqueda

PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACION “CENTRO NICARAGÜENSES DE ESCRITORES”
Materia: S/Definir
Rango: Decretos Legislativos
Número: A. N. N° 193
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 05/04/1990

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia
PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACION “CENTRO NICARAGÜENSES DE ESCRITORES”

DECRETO A. N. N° 193, aprobado el 30 de marzo de 1990

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 68 del 05 de abril de 1990

PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACION “CENTRO NICARAGÜENSES DE ESCRITORES”

Decreto A. N. N° 193

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber a: pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado
El siguiente:

DECRETO:

Arto. 1. - Otórgase Personalidad Jurídica al "Centro Nicaragüense de Escritores", Asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2. - La Representación Legal de la Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el ministerio del Interior.

Arto. 3. -·Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República.

Arto. 4. - El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Marzo de mil novecientos noventa, "Año de la Paz y la Reconstrucción”. - Carlos Núñez Téllez, Presidente la Asamblea Nacional. - Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto, publíquese y ejecutase. - Managua treintiuno de Marzo de mil novecientos noventa, "Año de la Paz y la Reconstrucción". - Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.