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DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA DE HONOR EN ORO DE LA ASAMBLEA NACIONAL AL SEÑOR MIGUEL BUITAGO SARRIA
Materia: S/Definir
Rango: Decretos Legislativos
Número: A.N. N°. 8837
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 29/03/2023

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DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA DE HONOR EN ORO DE LA ASAMBLEA NACIONAL AL SEÑOR MIGUEL BUITAGO SARRIA

DECRETO A.N. N°. 8837, aprobado el 23 de marzo de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 58 del 29 de marzo de 2023

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que es atribución de la Asamblea Nacional crear y otorgar sus propias órdenes honorificas y distinciones de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 138, de numeral 15 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo 33, numeral 37) de la Ley N°. 606, Ley Orgánica del poder Legislativo de la República de Nicaragua.

II

Que la Asamblea Nacional desea reconocer al Señor Miguel Buitrago Sarria, por su destacada trayectoria como deportista y profesional, ejemplo a seguir para esta y las futuras generaciones.

III

Que para Nicaragua es un orgullo tener deportistas como el Señor Miguel Buitrago Sarria, quien por más de 15 años fue miembro de la Selección Nacional de Fútbol, habiendo recibido distinciones como Campeón Goleador, Jugador más Destacado de la Selección, Trofeos y demás reconocimientos.

POR TANTO,

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A. N. N°. 8837

DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA DE HONOR EN ORO DE LA ASAMBLEA NACIONAL AL SEÑOR MIGUEL BUITAGO SARRIA

Artículo 1 Otórguese la “Medalla de Honor en Oro de la Asamblea Nacional” al Señor Miguel Buitrago Sarria, como un reconocimiento a sus méritos en la vida deportiva y su valiosa participación en los torneos deportivos nacionales e internacionales.

La Medalla y el correspondiente Diploma con el texto de este Decreto, serán entregados por la junta Directiva al distinguido deportista, en Sesión Especial.

Articulo. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito o digital, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: publíquese.

Dado en el salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil veintitrés. Dr. Gustavo Eduardo Porras Cortes, Presidente de la Asamblea Nacional. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.