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LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE 13 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO, POR INCUMPLIMIENTOS A LAS LEYES QUE LOS REGULAN
Materia: S/Definir
Rango: Acuerdos Ministeriales
Número: 23-2024-OSFL
Código de iniciativa:
Aprobado:
Publicado: 02/05/2024

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LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE 13 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO, POR INCUMPLIMIENTOS A LAS LEYES QUE LOS REGULAN

ACUERDO MINISTERIAL N°. 23-2024-OSFL, aprobado el 29 de abril de 2024

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 77 del 02 de mayo de 2024

Acuerdo Ministerial No. 23-2024-OSFL

La suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica de 13 Organismos sin Fines de Lucro, por incumplimientos a las Leyes que los regulan.

Considerando

I

Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

El Ministerio del Interior es el encargado de garantizar el cumplimiento de la Ley 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructura del Ministerio del Interior, así mismo es facultad del Ministerio del Interior como autoridad competente para la constitución, registro, autorización, regulación, control, supervisión, sanción y cancelación de personalidad jurídica de Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad al artículo 3 de la Ley 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”; artículo 7 numeral 7 y artículo 47 de la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”.

III

Que es facultad de la Dirección General de Registro y Control de OSFL, establecer medidas que promuevan la transparencia e integridad y confianza pública en la administración y manejo de los OSFL, de conformidad al artículo 10 numeral 15 de la Ley N°. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”.

IV

Que los siguientes organismos, han incumplido con sus obligaciones conforme Ley, ante la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro, ya que no reportaron por períodos de entre 03 hasta 29 años sus Estados Financieros conforme periodos fiscales, con desgloses detallados de ingresos y egresos, balanza de comprobación, detalle de donaciones (origen, proveniencia y beneficiario final) y Juntas Directivas:

1. Asociación Masaya sin Fronteras (MASINFA), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 216, Gaceta No. 73 del 16/04/1990, inscrita desde el 10/05/1992, bajo el número perpetuo 154-I. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 2021 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 04/12/2022.

2. Asociación Nicaragüense de Taekwon-Do (I.T.F), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 1037, Gaceta No. 188 del 09/10/1995, inscrita desde el 07/09/1998, bajo el número perpetuo II. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 1998 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 08/02/1998.

3. Asociación Evangélica Kairos Nicaragua (KAIROS), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 7773, Gaceta No. 110 del 15/06/2015, inscrita desde el 07/07/2016, bajo el número perpetuo 6398. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 2016 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 02/09/2018.

4. Asociación de Ganaderos Tuma-Dalia (ASOGATUDA), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 2070, Gaceta No. 219 del 16/11/1998, inscrita desde el 18/03/1999, bajo el número perpetuo 1305. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 1999 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 24/05/2000.

5. Asociación Evangelística Internacional Santuario de Jehová (SANTUARIO), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 5135, Gaceta No. 136 del 18/07/2007, inscrita desde el 21/08/2007, bajo el número perpetuo 3875. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 2016 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 08/10/2016.

6. Asociación de Pesca Deportiva de Nicaragua (APEDENIC). Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 1457, Gaceta No. 185 del 01/10/1996, inscrita desde el 14/04/1997, bajo el número perpetuo 5. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 1997 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 03/06/1998.

7. Asociación de Líneas Aéreas (ALA), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 1744, Gaceta No. 258 del 12/11/1970, inscrita desde el 02/11/1995, bajo el número perpetuo 544. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 1995 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 02/11/1996.

8. Asociación Nicaragüense de Agrupaciones Musicales y Solistas (ANAMYS), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 5809, Gaceta No. 201 del 23/10/2009, inscrita desde el 25/10/2011, bajo el número perpetuo 5115. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 2021 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 06/11/2021.

9. Fundación Cristiana un Encuentro con Dios (FUCRIED), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 7595, Gaceta No. 208 del 03/11/2014, inscrita desde el 03/12/2014, bajo el número perpetuo 6025. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 2016 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 13/05/2017.

10 Asociación de Promoción y Desarrollo Deportivo (APRODED), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 1621, Gaceta No. 103 del 03/06/1997, inscrita desde el 23/03/1998, bajo el número perpetuo 7. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 1998 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 07/01/1999.

11. Fundación Misionera San Juan 14:6 (FUNDAMISI), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 7858, Gaceta No. 208 del 03/11/2015, inscrita desde el 01/12/2015, bajo el número perpetuo 6270. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 2016 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 15/06/2017.

12. Asociación Club Deportivo “ESPARTA”, Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 1686, Gaceta No. 167 del 02/09/1997, inscrita desde el 21/07/1998, bajo el número perpetuo 10. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 1998 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 26/11/2000.

13. Cámara de Servicios Pro Consumo Responsable, Derecho de Competencia, Propiedad Intelectual, Administrativo y Derecho Ambiental, Personalidad Jurídica otorgada mediante Acuerdo Ministerial Mific No. 028-2015, Gaceta No. 109 del 12/06/2015, inscrita desde el 25/06/2015, bajo el número identificativo 82-I. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros períodos 2015 al 2023 y Junta Directiva vencida desde el 19/01/2016.

V

De acuerdo a Dictamen Legal emitido por la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, los organismos anteriormente referidos, han incumplido sus obligaciones conforme lo establecido en el artículo 34 numerales 3, 7, 24, 25, 26, 26.1, 26.3 y 27, y artículo 35 numeral 7 de la Ley N°. 1115, ya que al no reportar por períodos de entre 03 hasta 29 años sus Estados Financieros conforme periodos fiscales, con desgloses detallados de ingresos y egresos, balanza de comprobación, detalle de donaciones (origen, proveniencia y beneficiario final) y sus Juntas Directivas, obstaculizan el control y vigilancia de la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, no promoviendo políticas de transparencia en la administración de los fondos, desconociéndose la ejecución de sus proyectos y si fueron acorde a sus objetivos y fines, por los cuales se les otorgó Personalidad Jurídica, así como los directivos que los administraban.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y sus Reformas, la Ley N°. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructuras del Ministerio del Interior”, Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro, su Reglamento y la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 1115 y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”, la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar la cancelación de Personalidad Jurídica a los 13 OSFL mencionados en el presente Acuerdo, por estar en incumplimiento de sus obligaciones, conforme a las Leyes que los regulan, obstaculizando el control y vigilancia de la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro.

SEGUNDO: Lo referido al destino de los bienes muebles e inmuebles de conformidad a lo establecido en el artículo 47 párrafo 2 del Reglamento de la Ley 1115, corresponderá a la Procuraduría General de la República realizar el traspaso de estos a nombre del Estado de Nicaragua. Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, a las tres y quince minutos de la tarde del día veintinueve de abril del año dos mil veinticuatro, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra del Ministerio del Interior.